Los médicos deberán consignar el nombre genérico o denominación común internacional en la receta, aunque también podrán sugerir una marca comercial que el farmacéutico podrá sustituir por otra de menor precio a pedido del consumidor, según estableció el Gobierno a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, al tiempo que definió que la venta libre de medicamentos en establecimientos no habilitados como farmacias estará limitada a los antiácidos y analgésicos. La médica cardióloga y presidente electo de la Federación Argentina de Cardiología Silvina Trujillo, en diálogo con Radio Nacional, explicó porque es importante que el médico pueda sugerir una marca comercial en sus recetas y aclaró que aún así los profesionales indican la droga correspondiente.
"Los laboratorios que uno recomienda sabemos que son confiables. Así se sabe que se le está dando al paciente", expresó. "No es que estamos en contra de los genéricos, pero quién controla esos medicamentos", cuestionó. "Puede no tener la concentración,o la viadisponibilidad que el medicamento tenga que tener", agregó.
"Revieron los temas y se han dado cuenta que no estamos equivocados", sostuvo Trujillo.
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