Asimismo se recordó que no llevar la boleta paga en el vehículo es motivo de infracción, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N° 4467, del año 2002.
El documento es solicitado en los controles rutinarios de tránsito que realizan los operarios del Cuerpo de Ordenadores de Tránsito y Transporte, como así también por la Policía de Transito Provincial.
Así lo indicó en diálogo con Radio Nacional el subsecretario de Gobierno de la localidad, Jorge Cuevas, quien recordó que el incumplimiento de lo establecido por la presente ordenanza hará pasible al infractor de las sanciones establecidas en el Código de Faltas Municipal.
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