FALLO FAVORABLE AL ESTADO ENTRE RÍOS

La Ley de Emergencia fue declarada constitucional

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1, de Paraná decidió que la denominada ley de Emergencia “cumple con los estándares convencionales, constitucionales, legales y jurisprudenciales en torno a su validez constitucional” y de esta manera rechazó la acción de inconstitucionalidad.

La Cámara resolvió tres causas interpuestas contra el Estado Provincial y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos al dictar tres sentencias definitivas donde se analizó la constitucionalidad de la norma y, en consecuencia, si debía ordenarse o no el cese de los descuentos previsionales y el reintegro de lo que se hubiere descontado.

Se estudiaron los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Superior Tribunal de Justicia admitieron excepcionalmente restricciones de derechos en periodos de emergencia para llegar a la conclusión que la ley 10806 respeta los estándares constitucionales.