Desde LRA42 Gualeguaychú, el periodista Elidelmar Otman hizo un raconto del reclamo y compartió detalles de la denuncia formal presentada por la Coordinadora Basta es Basta, representada por el Foro Ecologista de Paraná, contra el Gobierno de Entre Ríos, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia y la Suprema Corte de la Nación, “por violación de derechos elementales, a la salud y la vida”.
Después de pasar por todas las instancias posibles a nivel nacional y luego de que el Máximo Tribunal considerara “carente de trascendencia” las distancias de fumigaciones sobre escuelas rurales, el reclamo contra las fumigaciones con plaguicidas en torno a escuelas rurales en Entre Ríos llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Aplicando el Artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la Corte Suprema a principios de este año se desentendió con el argumento de que “según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”.
En Entre Ríos hay más de mil escuelas rurales; según el decreto 2239/19, la “zona de exclusión” donde no se pueden realizar aplicaciones con plaguicidas comprenden un radio de cien metros para las fumigaciones terrestres y 500 para las aéreas.
Quienes promueven el reclamo “denuncian afectación de salud en niños y niñas rurales de Entre Ríos. Presentamos muchísima prueba. Tratamos todo el tema de daño genético y la afectación del ambiente, del agua, de la tierra y del aire”.
Entre la evidencia aportada, incluyeron estudios que “mostraron que niños y niñas que fueron analizados se les había encontrado atrazina, glifosato, endosulfán en su sangre, sustancias que generan daño genético y que pueden provocar enfermedades cancerígenas”.
La denuncia ante la Corte Interamericana es para “pedir la exigencia del cumplimiento del pacto de San José de Costa Rica, que tiene jerarquía constitucional en Argentina”.
En sus artículos cuatro y cinco, el pacto apunta al derecho a la vida y a la integridad personal.
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