LOCADORES VS LOCATARIOS MENDOZA

El precio de alquileres, congelado y desalojos prohibidos hasta enero

El delegado zona Sur del Colegio de Corredores Inmobiliarios, Alejandro Altamirano, explicó los alcances del decreto Nacional 766/2020 de Emergencia Pública que regula las relaciones contractuales de alquileres.
El DNU establece la suspensión de desalojos, prórroga de contratos, congelamiento de precios de alquileres, subsistencia de fianza, deudas por diferencia de precio y deudas por falta de pago hasta el 1º de enero del 2021.
Altamirano explicó que no se puede aumentar el precio de los alquileres que ya estaban pactados dentro de un contrato locativo, “pero eso no libera al inquilino de la obligación de pagar las diferencias una vez que venza el DNU”.
En este sentido aclaró que “si había una cláusula de incremento pactado en el contrato, no es exigible ahora, pero lo va a tener que pagar cuando termine la emergencia”. Por eso, recomendó, “en la medida de lo posible, cumplir con el contrato para no tener que afrontar una deuda mayor”.
Altamirano fue contundente al hablar sobre la prohibición de desalojos. “Están suspendidos en todos los casos porque el DNU es una ley de orden público y prevalece sobre todas las cláusulas que puedan haber en un contrato”, afirmó.
Entro otros puntos a tener en cuenta, el profesional destacó que para que haya aumento “debe existir consentimiento informado por el locatario, en el que la otra parte acepta el incremento y renuncia a los derechos que le confiere el DNU”. En San Rafael se ha detectado una morosidad de apenas el 5%.
En caso de incumplimiento por parte del propietario, ya se trate de aumento sin consentimiento o desalojo, los damnificados pueden realizar la denuncia en Defensa del Consumidor.
Finalmente Altamirano ofreció asesoramiento gratuito a través de la sede del Colegio de Corredores Inmobiliarios ubicada en la calle Los Franceses 233, de 9 a 13, o llamando al teléfono 4435712.