El Gobierno Nacional emitió ayer un Decreto de Necesidad y Urgencia, por el cual se dispone un canje de bonos en dólares por otros títulos, medida que entró en vigencia hoy con su publicación en el Boletín Oficial. Ayer, por su parte, el ministro de Economía, Sergio Massa, detalló ante representantes de bancos, aseguradoras y fondos de inversión los lineamientos centrales de las medidas tendientes a reducir la presión sobre los dólares financieros y fortalecer el orden macroeconómico, y recibió el apoyo de los ejecutivos.
Desde el Ministerio de Economía, Gerardo Mazzochi con más detalles.
El decreto dispone en su artículo 1° que "los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares estadounidenses emitidas en el marco de los Decretos Nros. 622 del 17 de septiembre de 2021, 576 del 4 de septiembre de 2022 y 787 del 27 de noviembre de 2022 serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas, en conjunto, por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, ambas dependientes del Ministerio de Economía".
En los considerandos de la normativa se estipula que se trata de Letras del Tesoro Nacional denominadas en Dólares Estadounidenses que fueron suscriptas por el Banco Central de la República Argentina, a diez años de plazo y con vencimiento en septiembre 2031, como consecuencia de los desembolsos realizados por el Fondo Monetario Internacional (FMI), en Derechos Especiales de Giro por un monto equivalente a 4.334 millones de dólares.
Más adelante, se incluye a los títulos que permitieron llevar adelante los planes Soja I y II con las letras en dólares estadounidenses, a 10 años de plazo y que conformaron el Programa de Incremento Exportador con vencimiento en septiembre de 2032 y la ampliación de ese programa que permitió la emisión de otra letra denominada en dólares estadounidenses con vencimiento en diciembre de 2032.
El DNU puntualiza que "en este contexto, y frente a la inminencia de pago de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares estadounidenses emitidas en el marco de los Decretos Nros. 622/21, 576/22 y 787/22, resulta necesario disponer que puedan ser atendidos, a la fecha de su vencimiento, con nuevos títulos públicos, en consonancia con las emisiones realizadas bajo las previsiones de los Decretos Nros. 668/19 y su modificatorio y 346/20 y la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023".
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