Entrevistas - Con Ciencia Colectiva LV8 NACIONAL LIBERTADOR MENDOZA

Dra. Lavarello y Dr. Rodríguez Salas: Analizamos el fallo sobre la 7722

 

 

"Las Asambleas Mendocinas por el Agua Pura (AMPAP) expresamos nuestro rechazo a parte del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre nuestra Ley 7722 Guardiana del Agua, elemento clave de la resistencia de nuestro pueblo contra la instalación de la megaminería en nuestros territorios. Nos declaramos en estado de alerta y movilización y convocamos a todo el pueblo a regresar a las calles para defender nuestra agua.
El reciente fallo de la Corte nacional declara constitucional la mayor parte de nuestra ley 7722. Sin embargo, alentando a los capitales mineros, declaró inconstitucional una expresión del artículo 1, que prohíbe el uso de “otras sustancias tóxicas similares”. Aunque cianuro, ácido sulfúrico y mercurio siguen prohibidos en minería metalífera, este fallo facilita la explotación de proyectos mineros que utilicen otras sustancias también muy contaminantes y dañinas para la salud, como xantato, poliacrilamida y otras".

Es parte del comunicado expresado por las organizaciones que defienden el agua de Mendoza, por lo que buscamos dialogar en Con Ciencia Colectiva con Julieta Lavarello, abogada de las Asambleas Mendocinas por el Agua Pura quien expresó la preocupación por la decisión adoptada por la Corte.

La Dra. Lavarello sostuvo que lo preocupante es que se aparten de su propia jurisprudencia, como también sorprende la forma despreocupada en emitir un fallo en un tema tan importante. Se apuraron "en resolver una cuestión de forma sobre una cuestión de fondo".

Por otro lado, consultamos por el mismo tema al Dr. Aldo Rodríguez Salas, ex secretario de ambiente de la provincia y letrado especializado en derecho ambiental quien sostuvo que es un tema trascendente. Desde el 2007 defendió la ley 7722 cuando dos empresas presentaron acciones de inconstitucionalidad detallando los recursos enviados a la justicia provincial. Hablo de dos aspectos a analizar: la conflictividad y el impacto en la conciencia ambiental del agua.

Sobre el fallo de la corte el Dr. Rodríguez Salas sostuvo que confirma y blinda constitucionalmente la ley 7722, y lo único que se considera inconstitucional es la frase "otras sustancias toxicas". Añadió que o que expresa la cortes es que se detalle específicamente cuales son las sustancias a las que hace referencia. Por otro lado relacionó el acuerdo de Escazú con el fallo actual de la Corte Suprema de la Nación.