El Gobierno habilitó un nuevo permiso especial de circulación para que aquellas personas que se encuentren realizando el aislamiento social, preventivo y obligatorio lejos de sus casas puedan regresar en autos particulares a sus respectivos domicilios declarados.
La medida estará vigente hasta el próximo 21 de abril y fue anunciada en la Resolución Conjunta 2/2020, publicada este sábado en el Boletín Oficial.
- ¿Dónde obtengo el permiso? En el sitio regresoacasa.argentina.gob.ar
- ¿Cuándo puedo obtener mi permiso? A partir de la medianoche de este sábado.
- ¿Cuál es la vigencia del permiso? Del sábado 18/4 a las 0.00 hs al martes 21/04 a las 24 hs. Y tiene validez de 48 horas.
- ¿Quién tiene que gestionar el permiso? Un responsable del grupo que se traslada.
- ¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia.
- ¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio.
- ¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Si.
- ¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo.
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