Desde la Dirección de Comercio, se informa a la ciudadanía en general y en particular a todos los interesados en la realización de eventos temporarios con fines de lucro, que de acuerdo a lo establecido en Ordenanza Nº 1094/14, actualmente vigente, todo evento deberá contar con la correspondiente autorización de la Municipalidad local.
El trámite para la obtención de la autorización Municipal, deberá ser realizado en la Oficina de Dirección de Comercio Municipal, con una anticipación mínima de 72 horas a la fecha de realización del evento; debiendo cumplimentarse entre otros requisitos, con la presentación de los CERTIFICADOS DE LIBRE DEUDA expedidos por el Tribunal Municipal de Faltas, correspondientes al organizador del espectáculo (1) y al propietario del predio en el que se realizará el evento (1).
Para mayor información, los interesados deberán dirigirse a la Oficina de Dirección de Comercio Municipal, sita en Madariaga Nº 737 de nuestra ciudad.