A partir del próximo 1 de marzo se podrá cambiar de obra social y ya no será obligatorio aportar a la prestadora de salud del gremio al que pertenezcan los trabajadores en cada rubro. La decisión adoptada por el gobierno nacional a través del decreto 170/2024, habilita la posibilidad de derivar los aportes salariales a una empresa de medicina prepaga, y también elimina la obligatoriedad de mantenerse por un año en la entidad sindical.
En diálogo con Nacional Rosario Fontanarrosa, la Dra. Julia Canet, vicepresidenta del Instituto por el Derecho a la Salud, explicó los alcances de la medida. “Uno podría cambiarse, es decir, derivar sus aportes no solamente a otra obra social sindical, sino también en forma directa a una empresa de medicina prepaga”. En esta línea, explicó que “la prepaga siempre tiene la obligación de recibirte” porque todavía está vigente la ley 26.682 que regula la actividad.
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