CONFLICTO LABORAL MENDOZA

Un Supermercado amenazó con despedir a sus empleados si hacen juntadas

Desde la Unión Empleados de Comercio, gremio que nuclea a los trabajadores del sector, han sugerido a los trabajadores, no firmar las notificaciones.

Luis Lucchesi dijo a LV4 que el delegado del comercio en cuestión les consultó. Entienden que la situación en principio “ronda lo ilegal, porque en la vida privada y la empresa no puede intervenir. Para algo está el artículo 205 del Código Penal, que es el que sanciona en caso de juntadas. Si el trabajador participara de una juntada y por esa imprudencia llegase a contagiar a sus compañeros; y puede comprobarse que el contagio se ha dado de esta manera, cabe la aplicación de la sanción del artículo 205. Pero ¿cómo saber si el contagio no se dio en el trabajo?”, se preguntó Lucchesi.

“El problema estaría si en la sucursal en la que trabaja, contagia a compañeros y tienen que cerrarla, causando una pérdida económica a la empresa. Esa sería una cuestión en la que habría que profundizar, pero habría que ver por qué la empresa está diciendo a los trabajadores no incurran en una falta grave, porque podría traer perjuicio. Es una lectura que habría que ver a dónde llega. Porque en la vida privada, fuera del horario de trabajo, el empleado no tiene por qué rendir cuenta de sus actos al empleador", concluyó.

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